Este sitio web utiliza cookies para que podamos brindarle la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en su navegador y realiza funciones tales como reconocerlo cuando regresa a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web le resultan más interesantes y útiles.
Horario de invierno: de 8 a 19h. de lunes a viernes.
Federación Provincial de Asociaciones de Empresarios de Transporte de Mercancías Viajeros de la Provincia de Alicante (FETRAMA) ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a las mismas y gracias al que ha podido tener una solución de Posicionamiento SEO de los productos de su Página Web para la mejora de la competitividad y productividad de la empresa. Para ello ha contado con el apoyo del programa TICCámaras 2019 de la Cámara de Comercio de Alicante.
Una manera de hacer Europa.
Últimas noticias
- Trasladamos nuestras condolencias por el fallecimiento de un conductor profesional en Bélgica y pedimos que se haga justicia 16 mayo, 2024
- Curso Carretillas Elevadoras (Subvencionado) – JULIO 13 mayo, 2024
- Curso Cap Subvencionado – 5 DE JULIO 7 mayo, 2024
- El secretario general de Fetrama analiza cómo se encuentra el sector ante las cámaras de 12TV 3 mayo, 2024
- Curso Renovación ADR Básico+Cisternas JUNIO 30 abril, 2024
RELACIÓN DE EE.SS DE RESPSOL EN LAS QUE OFRECE CAFÉ Y BOLLOS GRATIS PARA TRANSPORTISTAS
/en Avisos de interes, Circular administrativa, Información de interes, Ultimas NoticiasDentro del ACUERDO DE COLABORACIÓN SOLRED-CETM, os adjuntamos un listado con más de un millar de Estaciones de Servicio facilitados por Repsol, en el que se ofrecerá gratuitamente a los transportistas café y bollos hasta el 11 de abril, último día del estado de alarma.
Recordaros que desde el pasado 13 de marzo, las EE.SS. Repsol están en modo autoservicio, y en el caso de los productos de tienda, se garantiza su suministro a través de la ventanilla de la propia estación.
Pueden acceder al listado a través del siguiente enlace:
https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/guia_estaciones/oferta_cafe_bollos_repsol.xlsx (Aquí)
PRECIO PROFESIONAL SOLRED PARA SOCIOS DE FETRAMA ADHERIDOS AL ACUERDO
/en Avisos de interes, Circular administrativa, Información de interes, Ultimas NoticiasRemitimos a efectos informativos el detalle del precio para los socios de FETRAMA a precio profesional adheridos al acuerdo.
CRITERIOS INTERPRETATIVOS DEL REAL DECRETO-LEY 10/2020 Y MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
/en Avisos de interes, Circular administrativa, Información de interes, Ultimas NoticiasHoy día 31 de marzo de 2020, ha salido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden de 30 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.
El objeto de la orden es especificar las actividades excluidas del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, así como facilitar un modelo de declaración responsable para que se puedan realizar, por parte de los trabajadores, el desplazamiento al lugar de trabajo.
El Real Decreto-ley 10/2020 no afecta a las personas que trabajan por cuenta propia y el Real Decreto 463/2020, de declaración del estado de alarma solo afecta a los autónomos que prestaran servicios en actividades suspendidas por este.
Las actividades de representación sindical y patronal no están afectadas por las restricciones de movilidad del Real Decreto-ley 10/2020.
Todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable y aquellas dedicadas a la actividad de representación sindical y empresarial tendrán derecho a que la empresa o entidad empleadora le expida una declaración responsable reconociendo tal circunstancia.
La declaración de responsabilidad deberá hacerse en base al modelo recogido en el Anexo de la misma Orden.
La Orden entra en vigor en el mismo día de su publicación.
Se adjunta la Orden que lleva el modelo de declaración responsable a la circular. (Aquí)
URGENTE: Carácter de actividad esencial del Transporte
/en Avisos de interes, Circular administrativa, Información de interes, Ultimas NoticiasEstimados Asociados:
Ante las numerosas consultas que se han efectuado con fecha 28/03/2020, en relación con la inminente publicación de la Orden Ministerial por la que se declaran determinadas actividades como esenciales y analizado el contenido del Borrador de la misma por nuestra Secretaría General según su leal saber y entender, en lo relacionado con el Transporte de Mercancías por Carretera, pasamos a comunicarles lo siguiente:
PRIMERO.- El Artc. 14.4 del RD 463/2020, por el que se declaraba en nuestro País el estado de Alarma, establecía las atribuciones necesarias al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para garantizar el abastecimiento.
SEGUNDO.- En el Resuelvo Tercero, letra (g) de la citada Orden Ministerial, se cita como actividad esencial “las actividades y servicios que permitan su actividad logística”. En este sentido también el Transporte de Mercancías por Carretera constituye, en sí mismo, un elemento imprescindible de la actividad logística, por lo que se mantiene su esencialidad, pero condicionada a que el servicio que se preste sea con el fin de garantizar el abastecimiento actividades industriales declaradas como esenciales. Se entiende, por lo tanto, que aquellos servicios de Transporte de Mercancías que pudieran ser efectuados para Empresas cuya actividad no sea esencial NO PODRÁN REALIZARSE.
TERCERO.- En el resuelvo Séptimo (último párrafo), se hace una mención expresa al Transporte de Mercancías, cundo se dice: “Asimismo el Transporte de Mercancías con destino o salida desde instalaciones industriales deberá poder demostrar a los agentes encargados del control y disciplina del Tráfico, dicho origen o destino mediante los pertinentes documentos de la mercancía transportada”. Es decir, el Transporte de Mercancías se puede efectuar, con las condiciones expuestas anteriormente, siempre que el origen o destino de la Mercancía sea una instalación industrial, y esta circunstancia se pueda acreditar documentalmente (Carta de Porte/Documento de Control/CMR), exigiéndose que esos documentos estén correctamente cumplimentados.
CUARTO.- El Transporte de productos de Alimentación tiene un tratamiento especial dentro del RD 463/2020 en su artículo 15, y no se ve afectado por el contenido de la citada Orden Ministerial.
CONCLUSIONES.
El Transporte de Mercancías por Carretera, como Sector Estratégico indispensable en la Actividad Logística, debe garantizar el Abastecimiento, no sólo de productos de alimentación, sino también de aquellas otras materias de carácter industrial que, por su condición, sean necesarias para el normal desarrollo de la actividad de instalaciones industriales calificadas de esenciales.
Francisco L. Ortiz
Abogado – Secretario General de FETRAMA
EL MINISTERIO DE TRANSPORTES CONFIRMA QUE ES POSIBLE DENUNCIAR A LOS CARGADORES Y ESTACIONES QUE NO DEN SERVICIO A TRANSPORTISTAS
/en Avisos de interes, Circular administrativa, Información de interes, Ultimas NoticiasAlicante, a 27 de Marzo de 2020
Ante la falta de solidaridad de muchas estaciones de servicio y centros de carga y descarga, que se niegan a mantener abiertos sus establecimientos o a dar acceso a los baños, algo que debería ser innegable en la situación en la que se encuentra el país y cuando los transportistas son aún más necesarios que nunca si cabe, la CETM y el resto de asociaciones que pertenecen al Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), nos hemos visto obligadas, no solo a hacer saber al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de las injusticias que están cometiendo muchos cargadores, estaciones o áreas de servicio, sino que, además, hemos constatado consultando a este órgano que se pueden tramitar denuncias llamando al 062.
De esta manera se pondrá en conocimiento de la Guardia Civil los hechos para que actúe y haga cumplir la Orden TMA 229/2020, de 15 marzo, por la que se establece que deben facilitarnos dichos servicios. Desde la CETM, alentan a los transportistas que presencien estos hechos, a que denuncien de esta manera.
Por otra parte, agradecemos el apoyo de todas esas estaciones de servicio, áreas de descanso y centros de carga y descarga que sí están prestando estos servicios al sector del transporte de mercancías. Además, os recordamos que estamos recogiendo todas en nuestra Guía Solidaria, con la intención de que resulte más sencillo ubicar los lugares donde los conductores pueden encontrar comida, aseos o duchas.