El motivo de esta circular es ampliar la información dada en nuestra anterior circular, sobre el buzón de denuncias que ha abierto la Inspección de transporte en la Sede Electrónica del MITMA.


Hacer mención a que CON LA MERA PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA ANÓNIMA EN EL BUZÓN NO GENERARÁ UNA ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN. ESTA DEBERÁ DE CONSIDERAR OPORTUNO LO QUE SE INDICA EN LA DENUNCIA, ASÍ COMO, LAS PRUEBAS Y DATOS QUE EN ELLA APARECE. POR LO QUE NO ES PROCESO AUTOMÁTICO.


Como ya decíamos en la anterior circular, esta denuncia se hace a través de un formulario que aparece en la Sede Electrónica del MITMA, y que deberá de rellenarse con los datos que se piden.


Para cumplimentar el formulario será necesario que se ingresen todos los datos de la empresa que ha cometido la supuesta irregularidad y la fecha de comisión de la misma.
Si la supuesta infracción se ha cometido durante un periodo de tiempo se tendrá que indicar también poniendo la fecha de inicio de comisión y cuando finalizó la comisión del mismo. En el caso de que la infracción que se denuncia se va seguir cometiendo después de poner la denuncia habrá que indicar como fecha de finalización el día en el que se pone la denuncia.


A continuación, deberemos indicar que tipo de infracción se está cometiendo dentro de las opciones que nos da el formulario. Pudiéndose elegir más de una en su caso. Teniendo después que explicar brevemente cual es el hecho que creemos que se puede categorizar como una infracción, así como la localidad donde se ha cometido.


Por último, tenemos que agregar la documentación que creamos necesaria para demostrar el acto infractor. Solo se permiten documentos que no pesen más de 2 megas y que en total estos documentos no tengan un peso mayor a 10 megas.
Una vez rellenado el formulario le daremos a “Continuar” y en la siguiente pantalla confirmaremos los datos que hemos aportado. Una vez hecho esto se enviará la denuncia clicando en el botón “Enviar”.