LOS SINDICATOS CONVOCAN HUELGA GENERAL EN FRANCIA LOS DÍAS 9, 10 Y 11 DE ENERO

Los principales sindicatos franceses han convocado huelga general los días 9, 10 y 11 de enero. Ya se ha cumplido un mes desde que se iniciaran las protestas contra la reforma de las pensiones que pretende llevar a cabo el Gobierno de Emmanuel Macron y los paros en el ferrocarril y en el metro no han dejado de sucederse, complicando el tráfico sobre todo en la capital.

A pesar de que este martes el Gobierno y los sindicatos retoman las negociaciones, la Confederación General del Trabajo (CGT) ha convocado estas nuevas protestas y, además, ha pedido que se bloqueen las principales refinerías hasta el viernes 10 de enero.

Ante estas movilizaciones, es necesario que las empresas de transporte planifiquen sus rutas. Desde la CETM les mantendremos informados si surge cualquier novedad, pero si las negociaciones no llegan a buen puerto, lo previsible es que las protestas alteren el tráfico y surjan complicaciones durante esos días. En cualquier caso, aquí pueden consultar el estado de las carreteras francesas.

 

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE DISTINTAS ASOCIACIONES INTEGRADAS EN LA IRU

Restricción de estacionamiento durante la noche para vehículos pesados – Sarthe Sargé Le Mans Nord (dirección París a las regiones)

Las Autoridades Francesas han editado un Decreto de la Prefectura que restringe el estacionamiento nocturno para vehículos pesados en el estacionamiento Sarthe Sargé Le Mans Nord (dirección París a las regiones) en la autopista A11 (cerca de la ciudad de Le Mans). La restricción tendrá vigencia hasta la noche del 1 de abril de 2020 de 21h00 a 6h00.

Se ha tomado la medida para luchar contra las redes de tráfico de migrantes que han estado muy activas en esta área de estacionamiento, especialmente utilizada por camiones que vienen de España y se dirigen al Reino Unido.

 

Actividades de mantenimiento en el túnel del Mont Blanc – Enero de 2020

El GEIE del Túnel del Mont Blanc le informa que, para permitir que se realicen los trabajos de mantenimiento, el tráfico en el túnel se interrumpirá por completo durante la noche siguiente:

Lunes 13 de Enero de 2020, a partir de las 10.00 p.m. a las 6.00 a.m.

Además, para llevar a cabo los trabajos de mantenimiento en el túnel, se adoptará tráfico unidireccional alternativo entre semana, a partir de las 10.30 p.m. a las 6.00 a.m., durante las semanas 2 (martes a viernes), 3 y 4 (lunes a viernes).

 

Permiso de seguridad de vehículos pesados en el Gran Londres

En el contexto de su plan Visión Cero, la ciudad de Londres está implementando un Estándar de Visión Directa (DVS) y un permiso de seguridad para todos los vehículos pesados de más de 12 toneladas. El estándar de visión directa mide cuánto pueden ver los conductores de vehículos pesados directamente a través de las ventanas de su cabina, y los vehículos reciben una calificación de estrellas en consecuencia. A partir del 26 de Octubre de 2020, todos los vehículos pesados de más de 12 toneladas que entren u operen en el Gran Londres necesitarán un nuevo permiso de seguridad.

Aunque la aplicación no comenzará hasta Octubre de 2020, las solicitudes de permisos de seguridad ya están abiertas. La solicitud es gratuita y se puede hacer en línea a través del siguiente enlace (clic aquí).

 

Prohibición adicional de conducir en Tirol – Calendario de restricciones de manejo de invierno 2020

Debido al tráfico individual superior a la media los sábados en invierno y al intenso tráfico intenso a través del Tirol, la A 12 y la A 13 conlleva un deterioro masivo de la seguridad, la ligereza y la fluidez del tráfico.

Por lo tanto, se emitirá una prohibición de conducir vehículos pesados en la A12 y A13 para todos los sábados en los meses de Enero, Febrero y mediados de Marzo de 2020.

La prohibición del uso de vehículos pesados los sábados del 11.01, 18.01, 25.01, 01.02, 08.02, 15.02, 22.02, 29.02, 07.03 y 14.03.del 2020 ya es válida de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., comparable a la del «Calendario de restricciones de conducción durante las vacaciones de los últimos años”.

Nota adicional: La prohibición nacional de fines de semana y días festivos en Austria comienza de acuerdo con § 42 (StVO) de la siguiente manera: «(1) Los sábados de 3:00 p.m. a 00:00 p.m. y los domingos y días festivos a partir de las 00:00 a.m. hasta las 10:00 p.m., se prohíbe conducir en carreteras con camiones con remolque si el peso bruto máximo del vehículo del camión o el remolque supera las 3,5 t.

 

Aclaración importante sobre la aplicación Ley de Control de la Contaminación del Aire de Austria:

 De conformidad con el artículo 14 (2) de la Ley de Control de la Contaminación del Aire de Austria (Immissionsschutzgesetz-Luft (IG-L)), y tras consultas con las autoridades tirolesas, se ha confirmado que tanto los camiones monovalentes de GNC como los de GNL están exentos en todo momento y lugar de las restricciones bajo la Ley IG-L, así como las restricciones de tiempo y lugar equivalentes previstas en la prohibición de conducir sectorial, las prohibiciones de conducir de la clase Euro y la prohibición de conducir de noche.

 

TENGA EN CUENTA: Esta exención no se extiende a las prohibiciones de conducir camiones basadas en la Ley de Tráfico Vial (Straßenverkehrsordnung (StVO)).

PRIMERA SENTENCIA CONTRA EL CÁRTEL DE CAMIONES QUE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA Y VALIDA EL INFORME PERICIAL

CCS Abogados, bufete en el cual hemos depositado nuestra confianza para defender los intereses de los Asociados contra el Cártel de fabricantes de camiones, ha conseguido la primera Sentencia que se dicta en España (y también en Europa) en la cual un juzgado estima íntegramente la demanda presentada y da validez al informe pericial aportado a fin de cuantificar el sobrecoste causado por el cártel.

Como es sabido, la Comisión Europea sancionó en 2016 con 2.930 millones de euros a los fabricantes MAN, Volvo/Renault, Iveco, Daimler (Mercedes Benz) y DAF, y en 2017 con 880 millones a Scania, por haber pactado los precios de venta de sus vehículos y por haber repercutido sobre el comprador los costes derivados del cumplimiento de las normas en materia de emisiones contaminantes. Es la mayor multa impuesta por Bruselas hasta la fecha en materia de Derecho de la Competencia.

Pues bien, el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia ha dictado la primera Sentencia Española (Fecha 30 de Diciembre de 2019, procedimiento 317/2019) que confirma íntegramente la demanda y valida la prueba pericial aportada, en este caso por CCS, bufete que gestiona la reclamación de 35.000 camiones y 4.000 demandas en el marco del macro proceso contra el Cártel Europeo de fabricantes de camiones. El modelo de prueba pericial presentada por CCS, metodológicamente alineado con el que acompaña a las demandas presentadas en otros países europeos y diferente a todos los demás aportados ante los Juzgados Españoles, cuantifica la media del daño causado por el Cártel a lo largo de los 14 años de duración en el 16,35% del coste (sin impuestos) de cada camión. El juzgado valenciano reconoce, además, a favor del Transportista demandante, los intereses legales desde la fecha de compra del camión hasta la fecha de la presentación de la demanda, e intereses procesales adicionales desde esta última hasta la fecha en que se ejecute la Sentencia.

Es especialmente ilustrativo lo que dice el Fundamento Jurídico nº 73 de la Sentencia:

“En efecto, creo que el informe CCS resiste suficientemente su examen según los criterios de valoración probatoria anteriormente expresados, así:

 El informe se asienta sobre una interpretación de las características de la infracción sancionada por la Comisión que es coherente con la visión plasmada en el fundamento oportuno de esta resolución”.

 En el mismo Fundamento Jurídico, la Sentencia destaca que “Los peritos han realizado una búsqueda proactiva de datos sobre los que desarrollar sus modelos, que parecen idóneos para recrear los efectos de la infracción y que han sido puestos a disposición de la parte demandada desde el inicio del proceso o en un momento posterior pero igualmente relevante”.

 El Tribunal también afirma que “en definitiva, el informe CCS es cuantitativa y cualitativamente transparente, muy intenso y, por unas y otras cosas, convincente en ausencia de un informe mejor fundado que lo refute […]”

 Igualmente pone en valor la sentencia que “El estudio [el de CCS] no se contenta con la expresión de un sobrecoste medio, sino que trata de individualizar los daños eventualmente sufridos por la parte actora mediante la recreación de un iter cronológico sobre la mayor eficiencia del cártel en la repercusión de sobreprecios con el paso del tiempo”.

 CCS Abogados obtiene, así, la estimación íntegra de su demanda y la confirmación de la validez del informe pericial que la acompañaba, particularmente las garantías de la metodología empleada. El juez concluye su valoración en los siguientes términos:

“Entonces aquí, insistiré en eso, no hay prueba más sólida que el dictamen CCS: no dispongo de ningún elemento probatorio que me permita moderar o, en menor medida, sustituir sus resultados de análisis por otros”.

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DOCUMENTACIÓN DE CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE OBLIGATORIO EN MARRUECOS

Os adjuntamos información recibida del Ministerio Transporte, Logística y Agua de Marruecos sobre la documentación de transportes y circulación con la obligación de llevar documentos originales. Mandamos informe en Francés, así como la traducción al Español.

  • Concierne: Documentos de circulación y de transporte de vehículos de Transporte International terrestre.

La mayoría de los vehículos extranjeros que realizan Transporte Internacional Terrestre de Mercancías en el Territorio Marroquí con copias de los documentos de circulación principalmente el permiso de circulación del vehículo, seguro, la autorización bilateral… lo que es una infracción según la ley 52-05 en el código de carreteras.

En efecto conforme a los artículos 96 y 102 a 112 de dicha ley, a defecto de presentar los originales de los siguientes documentos:

  1. Permiso de circulación
  2. Documento de la ITV
  3. Certificado del seguro del vehículo o del conjunto de los vehículos
  4. Y los documentos de transportes

Llevan a la inmovilización del vehículo hasta el cese de la infracción en un plazo de 72 horas para los casos del punto 1 al 3 y 96 horas para el punto 4, pasado estos plazos y cuando el contraventor no ha justificado el cese de la infracción, la inmovilización se transforma en un traslado a un depósito de vehículos y la suspensión del permiso de conducir por un periodo no superior a 3 meses la primera vez y de 6 meses en caso de reincidencia.

Informar a los profesionales Españoles del Transporte Internacional terrestre de dichas disposiciones con el fin de evitar sanciones de inmovilización, traslado a depósitos y suspensión del permiso de conducir en caso de constatación por parte de los agentes de control de las infracciones precitadas.