PRIMERA SENTENCIA CONTRA EL CÁRTEL DE CAMIONES QUE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA Y VALIDA EL INFORME PERICIAL

CCS Abogados, bufete en el cual hemos depositado nuestra confianza para defender los intereses de los Asociados contra el Cártel de fabricantes de camiones, ha conseguido la primera Sentencia que se dicta en España (y también en Europa) en la cual un juzgado estima íntegramente la demanda presentada y da validez al informe pericial aportado a fin de cuantificar el sobrecoste causado por el cártel.

Como es sabido, la Comisión Europea sancionó en 2016 con 2.930 millones de euros a los fabricantes MAN, Volvo/Renault, Iveco, Daimler (Mercedes Benz) y DAF, y en 2017 con 880 millones a Scania, por haber pactado los precios de venta de sus vehículos y por haber repercutido sobre el comprador los costes derivados del cumplimiento de las normas en materia de emisiones contaminantes. Es la mayor multa impuesta por Bruselas hasta la fecha en materia de Derecho de la Competencia.

Pues bien, el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia ha dictado la primera Sentencia Española (Fecha 30 de Diciembre de 2019, procedimiento 317/2019) que confirma íntegramente la demanda y valida la prueba pericial aportada, en este caso por CCS, bufete que gestiona la reclamación de 35.000 camiones y 4.000 demandas en el marco del macro proceso contra el Cártel Europeo de fabricantes de camiones. El modelo de prueba pericial presentada por CCS, metodológicamente alineado con el que acompaña a las demandas presentadas en otros países europeos y diferente a todos los demás aportados ante los Juzgados Españoles, cuantifica la media del daño causado por el Cártel a lo largo de los 14 años de duración en el 16,35% del coste (sin impuestos) de cada camión. El juzgado valenciano reconoce, además, a favor del Transportista demandante, los intereses legales desde la fecha de compra del camión hasta la fecha de la presentación de la demanda, e intereses procesales adicionales desde esta última hasta la fecha en que se ejecute la Sentencia.

Es especialmente ilustrativo lo que dice el Fundamento Jurídico nº 73 de la Sentencia:

“En efecto, creo que el informe CCS resiste suficientemente su examen según los criterios de valoración probatoria anteriormente expresados, así:

 El informe se asienta sobre una interpretación de las características de la infracción sancionada por la Comisión que es coherente con la visión plasmada en el fundamento oportuno de esta resolución”.

 En el mismo Fundamento Jurídico, la Sentencia destaca que “Los peritos han realizado una búsqueda proactiva de datos sobre los que desarrollar sus modelos, que parecen idóneos para recrear los efectos de la infracción y que han sido puestos a disposición de la parte demandada desde el inicio del proceso o en un momento posterior pero igualmente relevante”.

 El Tribunal también afirma que “en definitiva, el informe CCS es cuantitativa y cualitativamente transparente, muy intenso y, por unas y otras cosas, convincente en ausencia de un informe mejor fundado que lo refute […]”

 Igualmente pone en valor la sentencia que “El estudio [el de CCS] no se contenta con la expresión de un sobrecoste medio, sino que trata de individualizar los daños eventualmente sufridos por la parte actora mediante la recreación de un iter cronológico sobre la mayor eficiencia del cártel en la repercusión de sobreprecios con el paso del tiempo”.

 CCS Abogados obtiene, así, la estimación íntegra de su demanda y la confirmación de la validez del informe pericial que la acompañaba, particularmente las garantías de la metodología empleada. El juez concluye su valoración en los siguientes términos:

“Entonces aquí, insistiré en eso, no hay prueba más sólida que el dictamen CCS: no dispongo de ningún elemento probatorio que me permita moderar o, en menor medida, sustituir sus resultados de análisis por otros”.

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DOCUMENTACIÓN DE CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE OBLIGATORIO EN MARRUECOS

Os adjuntamos información recibida del Ministerio Transporte, Logística y Agua de Marruecos sobre la documentación de transportes y circulación con la obligación de llevar documentos originales. Mandamos informe en Francés, así como la traducción al Español.

  • Concierne: Documentos de circulación y de transporte de vehículos de Transporte International terrestre.

La mayoría de los vehículos extranjeros que realizan Transporte Internacional Terrestre de Mercancías en el Territorio Marroquí con copias de los documentos de circulación principalmente el permiso de circulación del vehículo, seguro, la autorización bilateral… lo que es una infracción según la ley 52-05 en el código de carreteras.

En efecto conforme a los artículos 96 y 102 a 112 de dicha ley, a defecto de presentar los originales de los siguientes documentos:

  1. Permiso de circulación
  2. Documento de la ITV
  3. Certificado del seguro del vehículo o del conjunto de los vehículos
  4. Y los documentos de transportes

Llevan a la inmovilización del vehículo hasta el cese de la infracción en un plazo de 72 horas para los casos del punto 1 al 3 y 96 horas para el punto 4, pasado estos plazos y cuando el contraventor no ha justificado el cese de la infracción, la inmovilización se transforma en un traslado a un depósito de vehículos y la suspensión del permiso de conducir por un periodo no superior a 3 meses la primera vez y de 6 meses en caso de reincidencia.

Informar a los profesionales Españoles del Transporte Internacional terrestre de dichas disposiciones con el fin de evitar sanciones de inmovilización, traslado a depósitos y suspensión del permiso de conducir en caso de constatación por parte de los agentes de control de las infracciones precitadas.

 

 

EL GOBIERNO APRUEBA LA PRÓRROGA DEL SISTEMA DE MÓDULOS DE LOS AUTÓNOMOS

El Gobierno ha aprobado hoy, por quinta vez consecutiva, un decreto para prorrogar los límites actuales del régimen de módulos de los autónomos para 2020.

Así lo ha confirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá.

De esta manera, se mantienen las condiciones establecidas anteriormente y el Ejecutivo pospone otro año más los cambios fiscales.

Ampliaremos esta información a la mayor brevedad posible.

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